"EZ DUGU ASMORIK GIPUZKOAN NATURA 2000 SAREA GARATZEKO"

Arantza Ariztimuño (PNV)

Gipuzkoako Foru Aldundiko Mendi Zuzendaria

Gipuzkoako natura kontserbatzeko ardura duen pertsona (Donostian, 2015eko azaroan)



2017/07/13

Propuesta de Naturkon para regular las ayudas públicas

Propuesta planteada por Naturkon al Departamento de Medio Ambiente del Gobierno Vasco y comunicado a otras administraciones públicas vascas. 13 de julio de 2017 *|MC:SUBJECT|*
Petición de inclusión de
cláusulas de carácter ambiental y conservacionista
en las bases que regulan la concesión
de ayudas y subvenciones
de las instituciones públicas vascas

Naturkon
Naturaren  Kontserbazioa  Gipuzkoan




Este escrito se dirige al Departamento de Medio Ambiente del Gobierno Vasco
y, con carácter informativo, a órganos administrativos de
Diputaciones Forales, Ayuntamientos y Mancomunidades de Servicios de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa,
así como a los Grupos Parlamentarios del Parlamento Vasco
y a los Grupos Junteros de las Juntas Generales de  los tres territorios históricos.

La fragmentación de la gestión administrativa se traduce generalmente en una mayor especialización sectorial y por ende en un mejor servicio al sector de la sociedad implicado. Sin embargo, dicha fragmentación a menudo conlleva disfunciones en forma de acciones que generan perjuicios en sectores diferentes al gestionado por el departamento administrativo actor y acarrean consecuencias contrarias a las políticas públicas gestionadas por otros departamentos, de manera que el beneficio sectorial obtenido por un lado se acompaña de perjuicios que a menudo ponen en entredicho el resultado global para la sociedad y el interés general.

Como forma de paliar en la medida de lo posible dichas disfunciones, hace tiempo que se han incorporado previsiones en forma de directrices transversales a respetar por la totalidad de los departamentos. Así, en nuestro territorio contamos con normas orientadas a conseguir que los procedimientos de compra y contratación pública, por ejemplo, contribuyan a minimizar la generación de residuos y el gasto energético, que sean respetuosos no sólo con la transparencia, libre concurrencia y libertad de mercado, sino también con los derechos laborales del personal de las empresas contratadas, con los principios relacionados con la igualdad de género… etc.

Las políticas transversales relacionadas con la normalización lingüística tienen igualmente reflejo positivo y expreso en los procesos de contratación y en las convocatorias de ayudas y subvenciones, tanto en forma de obligaciones a cumplir como de criterio valorable dentro de la concurrencia competitiva.

Otro ámbito en el que existen experiencias de aplicación de cláusulas transversales en convocatorias de ayudas y subvenciones es la protección de la infancia. Así, por ejemplo, en Cataluña se exigen certificaciones del registro de abusadores para poder recibir ayudas públicas, siempre que las actividades culturales a subvencionar estén dirigidas a menores o supongan un trato predominante con menores.

Otro tanto se puede decir de unas mínimas condiciones éticas a observar en todo caso en el comportamiento no solo de la administración, sino también en el proceder de las personas, empresas y entidades a las que la administración subvenciona.

Recientemente se han redactado en el Gobierno Vasco una serie de recomendaciones y directrices para incluir adecuadamente en las convocatorias de becas, ayudas, subvenciones y premios las cláusulas que hagan aplicar los criterios de igualdad entre hombres y mujeres, reunidas en un documento cuyo proceso de elaboración ha contado con la participación de múltiples agentes, entre los que, como es lógico, se cuenta la entidad titular de la competencia principal, Emakunde.
 
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Como entidad integrada por asociaciones naturalistas y conservacionistas, Naturkon tiene constancia de que la protección de la naturaleza y su conservación constituyen un ámbito especialmente propenso a sufrir afecciones innecesarias como consecuencia de actividades subvencionadas por administraciones sectoriales. Son innumerables los eventos de tipo deportivo, cultural, lúdico, turístico… etc., subvencionados por los poderes públicos que no observan las mínimas normas en forma de cautelas, de acciones preventivas, de omisión de determinados comportamientos… etc. que acaban con un saldo desolador en cuanto a la conservación del medio.

Ello es especialmente sangrante cuando los mayores receptores del daño son especies protegidas, cuando se interfiere con la reproducción o con la migración de algunas especies, cuando directamente se las elimina y, muy especialmente, cuando las actividades subvencionadas por los poderes públicos transcurren en espacios naturales protegidos, o los afectan directamente.

Son situaciones cada vez más frecuentes y cada vez más intensas, toda vez que la afición a actividades ‘de aventura’, al turismo, al excursionismo, etc. va en aumento, y los organizadores de determinadas actividades han encontrado en el medio rural o incluso en zonas naturales unas condiciones especialmente atractivas para sus intereses. Conciertos, carreras de montaña, ferias agroalimentarias, fiestas, romerías de montaña, travesías motorizadas… etc. son cada vez más frecuentes en estos lugares, que se vuelvan cada vez más accesibles y por lo tanto más susceptibles de sufrir daños. A lo que hay que añadir la exigua preparación previa del usuario medio para observar unos determinados comportamientos éticos.
 
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Creemos por ello que es no solo interesante sino absolutamente necesario elaborar un documento general en la línea del elaborado en el caso de los parámetros de igualdad entre mujeres y hombres, para impulsar la incorporación de los criterios de protección ambiental y natural, mediante la inclusión de las cláusulas oportunas, al condicionado y la regulación de las bases de las becas, ayudas, premios y subvenciones que convoquen las administraciones públicas vascas, incluyendo no sólo las que se conceden en régimen de concurrencia competitiva, sino también, con mayor motivo dada la mayor responsabilidad institucional en que se incurre, las subvenciones directas y nominativas.

Y por pura coherencia, como no resulta en absoluto ético imponer a terceros condiciones de cuyo cumplimiento uno mismo se exime, dichos criterios deberían ser incorporados asimismo a las actividades directamente organizadas o impulsadas por las propias administraciones públicas vascas en el marco de sus respectivas políticas públicas.
 
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Por todo ello, Naturkon - Naturaren Kontserbazioa Gipuzkoan insta al Departamento de Medio Ambiente del Gobierno Vasco a que acometa a la mayor brevedad y lidere un proceso similar al ya realizado en el ámbito de la igualdad de género, y elabore un documento que sirva de guía a las administraciones públicas vascas para que incorporen en todas sus respectivas convocatorias públicas de ayudas, subvenciones, becas y premios las cláusulas necesarias para evitar que las actividades premiadas, ayudadas o subvencionadas causen perjuicios al medio ambiente y a su conservación.
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